Mejor respuesta
Sí. En la India, una vez que una marca registrada como marca tiene una validez de hasta 10 años, por lo tanto, se puede renovar por los próximos 10 años. Si falla, la marca caducará después de unos meses de la fecha de renovación. Sin embargo, puede seguir siendo válido hasta que la oficina de marcas lo apruebe. Una vez tachado, su estado se convertirá en «Abandonado», lo que muestra que dicha marca ahora está reciclada y lista para una nueva asignación. La marca registrada es solo una marca de un uso para su identidad comercial. Gob. desempeñar un papel como autoridad. Mantienen un registro de su marca en su registro. Gob. la tarifa para este ejercicio es de Rs. 4500. Para obtener más detalles, visite Govt. sitio web ipindiaonline. Gracias, PD: Esto es todo si la marca está registrada como ® y no para el estado de marca comercial como ™.
Respuesta
«Me temo que la respuesta de William Robles es correcta – ahí» No hay una respuesta específica a esta pregunta, y el ejemplo no contiene suficiente información para arriesgar muchas conjeturas. De hecho, la respuesta puede diferir dependiendo de qué tribunal u otro foro esté considerando el problema porque el estándar es algo diferente en los EE. UU.
Por ejemplo, en algunos tribunales y en los procedimientos de la Oficina de Patentes y Marcas de EE. UU., El Los siguientes factores se equilibran para llegar a una conclusión sobre el riesgo de confusión:
(1) La similitud o disimilitud de las marcas en su totalidad en cuanto a apariencia, sonido, connotación e impresión comercial. (2) La similitud o disimilitud y la naturaleza de los productos o servicios descritos en una solicitud o registro o en relación con los cuales se utiliza una marca anterior. (3) La similitud o disimilitud de los canales comerciales establecidos que probablemente continúen. (4) Las condiciones bajo las cuales y los compradores a quienes se realizan las ventas, i. mi. «Impulso» frente a compras cuidadosas y sofisticadas (5) La fama de la marca anterior (ventas, publicidad, duración del uso). (6) El número y la naturaleza de marcas similares en uso en productos similares. (7) La naturaleza y el alcance de cualquier confusión real. (8) El período de tiempo y las condiciones bajo las cuales ha habido uso concurrente sin evidencia de confusión real. (9) La variedad de productos en los que se utiliza o no una marca (marca de la casa, marca «familiar», marca de producto). (10) La interfaz de mercado entre el solicitante y el propietario de una marca anterior: (a) un mero «consentimiento» para el registro o uso. (b) disposiciones del acuerdo diseñadas para evitar confusiones, i. mi. limitaciones al uso continuado de las marcas por cada parte. (c) cesión de marca, solicitud, registro y buena voluntad del negocio relacionado. (d) Lagunas e impedimentos imputables al titular de la marca anterior e indicativos de falta de confusión. (11) La medida en que el solicitante tiene derecho a excluir a otros del uso de su marca en sus productos. (12) El alcance de la posible confusión, es decir, si es mínima o sustancial. (13) Cualquier otro hecho comprobado que pruebe el efecto del uso.
Otros tribunales federales equilibran combinaciones de factores similares pero algo diferentes, lo que hace que la infracción sea aún más difícil de predecir en abstracto. Si bien su ejemplo proporciona cierta información sobre los dos primeros factores (que sugieren la posibilidad de confusión y, por lo tanto, una posible infracción por parte de una de las marcas en su ejemplo), proporciona poca o ninguna información sobre los otros doce factores. Podría ser que los otros factores terminen siendo inaplicables o neutrales, pero sin saberlo, cualquier conjetura sobre una infracción en su ejemplo es mayormente un tiro en la oscuridad.